España
El Constitucional aborda el amparo de Turull tras avalar la amnistía de la malversación del ‘procés’
Redacción Al Minuto · hace 10 h
El Tribunal Constitucional delibera este martes sobre el recurso de amparo de Jordi Turull, ex portavoz de la Generalitat y secretario general de Junts, para resolver la aplicación de la amnistía a su condena por malversación. La previsión es que la mayoría progresista estime su petición siguiendo el criterio fijado el 6 de octubre en el caso de la exconsejera Dolors Bassa. El examen de este recurso abre la aplicación de esa doctrina a los seis dirigentes independentistas cuya situación por este delito seguía pendiente.
Turull fue condenado en 2019 a 12 años de inhabilitación absoluta y continúa apartado del acceso al empleo y a los cargos públicos, lo que le impide concurrir a unas elecciones. El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, será el encargado de presentar la propuesta de sentencia, como ya hizo con la de Bassa. Asumió esa responsabilidad después de que el magistrado José María Macías renunciara a la ponencia en el pleno anterior.
El alcance del precedente de Bassa
La resolución sobre Bassa estableció que la malversación vinculada a la financiación del referéndum y a otros gastos del proceso independentista queda comprendida en la ley de amnistía. Para el Constitucional, la decisión del legislador de incluir el desvío de dinero público destinado a esos fines obliga a extender la medida a quienes fueron condenados o procesados por esas actuaciones.
Ese criterio corrigió la interpretación que había mantenido el Tribunal Supremo tras la aprobación de la ley en 2024. El Supremo había dejado fuera de la amnistía por malversación a Bassa, Turull, el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y el exconsejero Raül Romeva, todos ellos condenados. También había excluido a los procesados Carles Puigdemont, Lluís Puig y Toni Comín, al considerar que el desvío de fondos había supuesto un enriquecimiento personal.
El Constitucional entendió, por el contrario, que esa lectura ampliaba indebidamente las excepciones de la norma y se apartaba de su finalidad. En su resolución vinculó la negativa a aplicar la amnistía con una vulneración de los derechos a la participación política y a la tutela judicial efectiva. La distinción resulta determinante para Turull: el Supremo ya había amnistiado su delito de desobediencia, pero había mantenido las consecuencias de la condena por malversación.
Efectos sobre las órdenes de detención
La doctrina constitucional ya ha tenido efectos sobre los dirigentes procesados que permanecían fuera de España. Este lunes, el instructor de la causa del ‘procés’ en el Supremo, Pablo Llarena, levantó definitivamente las órdenes nacionales de detención contra Puigdemont, Comín y Puig. En su auto explicó que la sentencia dictada a raíz del recurso de Bassa obligaba a reconsiderar esas medidas, dado que el criterio del Constitucional debe ser acatado por todos los tribunales.
La situación de Turull también está marcada por decisiones anteriores. El Gobierno de Pedro Sánchez le concedió un indulto el 23 de junio de 2021, al igual que a otros dirigentes encarcelados por el ‘procés’. Posteriormente, la reforma del Código Penal derogó la sedición y el Supremo aplicó la amnistía a la desobediencia. Ninguno de esos pasos había eliminado la inhabilitación que todavía le impide desempeñar cargos públicos.
La deliberación de este martes determinará ahora la respuesta al amparo de Turull. Si se confirma la estimación prevista, su caso seguirá el camino abierto por Bassa. Ese mismo precedente deberá orientar la resolución de los asuntos pendientes de Junqueras, Romeva, Puigdemont, Puig y Comín en relación con la malversación.
Claves: - El Constitucional estudia este martes el recurso de Turull, que sigue inhabilitado. - La sentencia de Bassa incluyó en la amnistía la malversación destinada a financiar el ‘procés’. - Conde-Pumpido presenta la ponencia tras la renuncia de Macías. - Llarena ya ha retirado las órdenes nacionales de detención contra Puigdemont, Comín y Puig.
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Fuentes consultadas: El País. Ver original