Política
El Supremo amnistía a Junqueras y tres exconsellers y cuestiona el papel del Constitucional
Redacción Al Minuto · hace 2 h
El Tribunal Supremo ha aplicado la amnistía a la malversación por la que fueron condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa en la causa del procés. La Sala de lo Penal cumple así la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional, aunque acompaña su decisión de fuertes objeciones tanto al alcance de la intervención del órgano de garantías como al lenguaje utilizado para corregir su anterior negativa a amnistiar este delito.
La resolución deriva de la sentencia del Constitucional del 6 de octubre, que estimó el recurso de amparo presentado por Bassa. El tribunal consideró que el Supremo había vulnerado los derechos fundamentales de la exconsellera al excluir de la amnistía la malversación por la que había sido condenada. La sentencia, redactada por Cándido Conde-Pumpido, obtuvo el respaldo de los siete magistrados progresistas y el rechazo de los cinco conservadores.
El núcleo jurídico del desacuerdo se encuentra en las razones que el Supremo había empleado para mantener la malversación fuera de la ley. El Constitucional rechazó que pudiera atribuirse un enriquecimiento personal a los condenados cuando esa conclusión no figuraba en la sentencia del procés. También cuestionó que se invocara una afectación a los intereses económicos de la Unión Europea. A su juicio, esos argumentos resultaban incompatibles con lo establecido previamente por la propia Sala de lo Penal.
En relación con los fondos comunitarios, el Constitucional recordó que la sentencia de 2019 había descrito el desafío independentista como una iniciativa sin viabilidad jurídica y orientada a presionar al Gobierno central. Consideró incoherente que las resoluciones posteriores sobre la amnistía sostuvieran una afectación económica europea a partir de ese mismo proceso. Su posición coincidía con la expresada previamente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la ausencia de perjuicio a los fondos de la UE.
El nuevo auto del Supremo, del que ha sido ponente Manuel Marchena, acata el fallo, pero sostiene que el Constitucional ha ampliado su función hasta revisar interpretaciones legales que corresponden a la jurisdicción ordinaria. La Sala entiende que esa intervención altera el reparto de competencias diseñado por la Constitución de 1978. El reproche, por tanto, no se limita a la solución adoptada en este caso, sino que alcanza a la relación entre ambas instituciones.
El Supremo también rechaza la dureza con la que el Constitucional valoró sus argumentos. Considera que algunas descalificaciones eran innecesarias para fundamentar la sentencia y apela a la división del pleno para defender la consistencia de su posición anterior: recuerda que cinco magistrados del propio órgano de garantías compartieron el criterio que ahora ha sido descartado. En el Constitucional, por su parte, las críticas han causado sorpresa, al considerar que el tono empleado no difiere del utilizado en otras resoluciones sobre decisiones judiciales.
La controversia ya había provocado discrepancias dentro del Supremo. Ana Ferrer, integrante del tribunal que condenó a los dirigentes independentistas, se había apartado de sus compañeros al cuestionar la lógica de los argumentos utilizados para denegar la amnistía y la interpretación del beneficio personal. También el instructor Pablo Llarena ha expresado críticas al razonamiento del Constitucional, aunque ha aplicado sus criterios al levantar la orden de detención contra Carles Puigdemont.
El auto que amnistía a los cuatro condenados no resuelve directamente la situación de Puigdemont ni la de los demás procesados que permanecen fuera de España. Ese pronunciamiento continúa pendiente, aunque la doctrina del Constitucional establece el criterio para abordar sus casos. En el caso del expresidente catalán, el levantamiento de la orden de detención permite su regreso sin ser arrestado por ella, una decisión distinta de la aplicación definitiva de la amnistía.
Claves: - Junqueras, Romeva, Turull y Bassa quedan amnistiados por la malversación del procés. - El Supremo cumple la sentencia del Constitucional, pero cuestiona su intervención y sus argumentos. - El recurso de Bassa dio lugar a una doctrina aprobada por siete votos frente a cinco. - La amnistía de Puigdemont requiere todavía una resolución específica.
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Fuentes consultadas: elDiario.es, El País, 20minutos. Ver original